
Los drones han llegado para quedarse dando pasos agigantados, día a día, con avances, modelos, funciones. La fruticultura y la aplicación de fitosanitarios no ha sido la excepción.
Es una herramienta atractiva, ya que se anuncian como una solución de gran eficiencia, menor volumen de agua utilizado; esto para mí ya da una luz de alerta, porque es necesario evaluar si con el volumen aplicado estoy logrando cubrir el objetivo, con la cantidad de Dops necesarias.
Se debe considerar también, la cantidad de hectáreas que podría atender, dado a que el vuelo puede ser rápido, pero existe una velocidad crítica que permite que las drops lleguen al objetivo, que en el caso de herbicidas es el suelo.
Pero en relación a estos dos puntos se ha ido avanzado con mejoras en el sistema de pulverización, pasando de boquillas tradicionales a centrífugos, corrigiendo los volúmenes de aplicación de 16 litros, que era la capacidad del estanque máxima hace un par de años, a 40 litros o incluso más; a su vez, se han realizado ensayos por parte de lo usuarios, donde han mejorado y determinado las velocidades adecuadas.
Pero a pesar de esto, no se puede dejar pasar que la ley es clara, no dice Dron, pero si no está sobre el suelo es un medio de aplicación área y en el caso de los plaguicidas debemos cumplir como obligación el decreto 5/2010 del Ministerio de Salud, el cual establece franjas de seguridad a sectores poblados o de protección, capacitación de los operadores y el registro en el servicio de las empresas que prestan dicho servicio, de las cuales hay al menos una que conozco con este registro.
El Decreto 3.557 del Ministerio de Agricultura, en especifico SAG, dice que estos deben ser usados de acuerdo a las normas técnicas señaladas en la etiqueta, como plaga y cultivo objetivo, dosis, además si está autorizado para la aplicación aérea. El estado debe avanzar en adecuar estas regulaciones, pero mientras no lo haga el usar plaguicidas de forma aérea, a pesar de que la etiqueta no está autorizada, es un acto que incluso puede llegar a ser investigado por la justicia.
No todos los drones tienen las mismas prestaciones, ya que tanto el hardware, rotores, boquillas, sensores, antenas, como software, licencias, satélites, entre otros, son diferentes; por lo tanto, al momento de la contratación hay que consultar sobre ello. El equipo humano también es importante, hay que conocer con lo que se está trabajando y cómo se ve afectado con distintos factores como las variables medio ambientales, calidad de agua. Los drones no tienen agitadores, por lo que cualquier formulación se comportará bien en el estanque.
Evaluaciones de efectividad que conozco muestran efectividad biológica sobre el 80%, que uno dice está bien, pero si no controlo por colocar la cantidad adecuada del I.A. voy a favorecer que ese 20% de población desarrolle resistencia, lo que nos deja menos herramientas disponibles.
Para finalizar les cuento de un caso en la zona arrocera; en un predio de arroz se aplicó un herbicida con dron y en el lote vecino de cerezos se encontraron daños hasta 300 metros de la zona de aplicación, afectando al menos 30 hectáreas. Este caso podría ser un fertilizante foliar, que uno ve como menos riesgoso, ¿pero si es detectado como residuos extraños o no autorizado?
En resumen, los drones son herramientas que llegaron para quedarse y avanzan de forma vertiginosa, pero como usuarios tenemos la obligación de primero cumplir lo que dice la ley, sobre todo con productos clasificados por el estado como plaguicidas. Segundo, tenemos que cuestionarnos, investigar, probar, apoyarnos antes de emprender una aplicación de cualquier tipo de fitosanitarios y no dejarnos llevar por lo que todos están haciendo. Hay que aprender como usuarios, exigir a los prestadores de servicios y colocarlo en las mesas técnicas y políticas.